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¿Qué es el Aporte Familiar Permanente?

El aporte familiar permanente o ex bono marzo, es un dinero que entrega el estado anualmente, como ayuda a las familias de menores recursos, que cumplen con una serie de requisitos exigidos para el mismo, el cual se reajusta en el mes de febrero de cada año; para saber el monto del año correspondiente lo puedes consultar en sitio web del instituto de prevención social.

Para obtener este beneficio no es necesario postularse, las personas que cumplen con los requisitos son seleccionadas como beneficiarias por las instituciones correspondiente, en caso de no ser seleccionada, tendrá un año para realizar un reclamo. Para tener derecho al aporte, se debe tener al día el pago de sus cargas familiares, por lo que es importante consultar con su empleador o con su caja de compensación, si este es su caso.


¿Quién debe recibir el aporte?

Según la ley, se establece que el dinero debe ser entregado al miembro de la familia que se encuentra percibiendo las respectivas asignaciones familiares o maternales.

Si por alguna razón las cargas familiares que otorgan el derecho a las asignaciones, no se encuentran viviendo con el beneficiario, este deberá entregar el aporte en un plazo de 30 días como máximo, después de haberlo recibido. Por esta razón el beneficiario de este bono, debe otorgarlo a las siguientes personas:

  • · La madre que viva con los causantes menores de edad.
  • · Quien perciba efectivamente las asignaciones familiares.
  • · Quien tiene derechos de alimentos respecto de los causantes (por decreto judicial).

Es importante tener en cuenta la siguiente información:

Aquellos que reciban de manera indebida el aporte, podrán enfrentar sanciones penales y administrativas, además deberán reponer el dinero recibido.

La madre siempre tendrá la prioridad, en caso de que una persona sea invocada en calidad de causante de asignación familiar o maternal, por más de un beneficiario.

Al ser seleccionada una persona como beneficiaria del bono, tendrá un plazo de 9 meses para retirar el aporte (para las primeras nóminas, el plazo vence en noviembre).


¿Podemos cambiar la forma de pago del Aporte?

Si, es posible cambiar la forma de pago deposito en cuenta RUT del BancoEstado, pero solo en los casos de beneficiarios de la tercera nomina en adelante (comienza a entregarse en marzo). Este cambio lo debe hacer el beneficiario a través del sitio www.aportefamiliar.cl, en donde debe ingresar su número de RUN y el numero de serie de la cedula de identidad.

Información adicional: Para realizar el cobro del aporte familiar permanente, solo se necesita la cedula de identidad, y el periodo dado para cobrar el aporte, es de 9 meses desde que se emite el documento de pago.


¿Dónde y cómo puedo hacer el trámite?

Para conocer si es beneficiario, lo puede realizar de la siguiente manera, vía online:

  • · Haga clic en el botón "¿Tengo el beneficio?".
  • · Coloque el RUN y la fecha de nacimiento de la persona potencialmente beneficiaria.
  • · Haga clic en "Consultar".
  • · Finalmente, podrá saber si le corresponde o no (y su fecha de pago).

El sistema también le suministrara información sobre las cargas y las razones por la cuales se le otorga el aporte, o sus miembros del grupo familiar, y también algunos detalles del documento de pago.

Para cobrar el aporte a través de una oficina (método directo):

  • · Verifique si es beneficiario del aporte a través del sistema online.
  • · Luego diríjase a la sucursal de la caja de compensación “Los Héroes” más cercana, si no tiene pagos habituales en Chile Atiende.
  • · Diríjase al mismo lugar de pago, en la fecha habitual en que recibe sus beneficios, según corresponda.
  • · Explique el motivo de su visita, que en este caso es: cobrar el aporte familiar permanente.
  • · Presente su cédula de identidad.
  • · Como resultado del trámite, habrá solicitado el pago del aporte familiar permanente que le corresponde, de acuerdo con su grupo de beneficiario.

Hay distintas formas de concretar el pago del aporte, dependiendo de dónde y cómo recibe habitualmente la entrega de los beneficios. Las personas que cobran habitualmente sus beneficios en IPS, reciben el dinero del aporte familiar permanente en la forma y fecha habitual en que cobran sus beneficios (Caja de Compensación Los Héroes o por depósito bancario, según corresponda).

Aquellos que reciben su pago del IPS por depósito bancario o pago móvil, obtendrán el dinero del aporte familiar permanente junto a su próximo pago. Los individuos que no cobran regularmente los beneficios en IPS y quienes tengan su Cuenta RUT activa, recibirán el depósito directamente. El resto de las personas tendrán que cobrar en la sucursal de Caja de Compensación Los Héroes, correspondiente a su comuna de residencia en la fecha que indique el sistema de consulta que habilitará IPS.



 




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